Selección y nombramiento de los Jueces y Magistrados

La Carrera Judicial es el cuerpo único de Jueces y Magistrados de todo el Reino. El acceso a ella se lleva a cabo por diferentes categorías y con arreglo a los sistemas de libre oposición o de turno restringido de acceso profesional.

Los Jueces de Paz. Los Jueces de Paz NO requieren ser Licenciados en Derecho; son nombrados por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma a propuesta del Ayuntamiento del Municipio respectivo; la Sala de Gobierno efectúa el nombramiento por sí cuando el Ayuntamiento no lo hace en un plazo de cuatro meses o cuando el candidato propuesto por él no es considerado idóneo por la propia Sala. Permanecen en su cargo durante cuatro años y pueden ser reelegidos indefinidamente.

Los Jueces. En España los Jueces profesionales son seleccionados a través de un procedimiento de examen denominado oposición libre en el que pueden participar todos los españoles mayores de edad sin antecedentes penales que se encuentren en posesión del título de Licenciado en Derecho y gocen de la plenitud de sus derechos civiles.

Las oposiciones son realizadas conforme a un temario y proporcionan plaza a todos los aspirantes que consigan una posición en el escalafón superior al número de puestos a cubrir, según la convocatoria; es decir, convocada una oposición para cien plazas de Jueces resultarán admitidos aquellos que, habiendo aprobado los exámenes, tengan las cien primeras notas.

Los aprobados y admitidos gozan de la consideración de funcionarios en prácticas, con sueldo y otros beneficios a cargo del Estado, y deben superar un curso de capacitación en la Escuela Judicial, dependiente del Consejo General, cuya duración es de dos años y que comprende una parte teórica y otra práctica. Quienes superen el curso son nombrados Jueces y entran en la Carrera Judicial por dicha categoría.

Los Magistrados. Los Magistrados son los Jueces que sirven en órganos judiciales superiores, como las Audiencias Provinciales, los Tribunales Superiores de Justicia o la Audiencia Nacional. Los miembros del Tribunal Supremo también son Magistrados, pero ellos pertenecen a su categoría especial.

Las plazas de Magistrado se cubren con arreglo a un sistema de cuotas, de manera que de cada cuatro plazas se cubran:

Dos por ascenso de jueces con arreglo al orden de los mismos en su escalafón.

Una por concurso entre jueces, mediante pruebas selectivas en los órdenes ámbitos civil y penal y pruebas de especialización en los órdenes contencioso-administrativo y social.

Una por concurso entre juristas de reconocida competencia con más de 10 años de ejercicio profesional; una tercera parte de estas plazas debe reservarse para Secretarios Judiciales de primera o segunda categoría.

Los Magistrados son adscritos a los diferentes Tribunales colegiados (no unipersonales) con arreglo a normas específicas que tiene en cuenta criterios técnicos y de especialización de cada funcionario.

Los Magistrados del Tribunal Supremo. Los Magistrados del Tribunal Supremo forman una categoría propia dentro de la Carrera Judicial.

La promoción a la categoría de Magistrado del Tribunal Supremo se lleva a cabo con arreglo a criterios análogos a aquéllos que se tienen en cuenta para el ascenso a la categoría de Magistrado, según el número de plazas que resulte necesario cubrir, de la siguiente forma para cada cinco plazas:

Cuatro para miembros de la Carrera Judicial con al menos 10 años de ejercicio profesional, de las cuales dos serán por concurso entre aquellos de los especializados en algún orden jurisdiccional concreto y las otras dos por concurso general.

Una para juristas de reconocido prestigio y al menos 15 años de ejercicio profesional.

Los Presidentes. Dentro de cada categoría, los Presidentes de los respectivos órganos jurisdiccionales y de las salas en que se divida cada uno, son nombrados por Su Majestad el Rey mediante Real Decreto, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial. Permanecen en sus cargos por un tiempo variable, según el caso, que suele ser de 5 años.

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